La Palma

El TSJC ratifica el uso del «certificado covid» en establecimientos públicos de Canarias

Ante la petición de Gobierno de Canarias de implantar la solicitud del «certificado covid» o prueba diagnóstica negativa para acceder a establecimientos y espacios públicos, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ratifica su uso:

» en los centros, instalaciones, actividades o espacios de uso público cuyos responsables opten voluntariamente por requerir a sus trabajadores y a sus usuarios mayores de 12 años y 3 meses la acreditación, también voluntaria, de ausencia de infección activa de COVID-19, serán de aplicación los aforos, número de personas por grupo y horarios de cierre vigentes en cada momento para cada actividad y espacio en el nivel de alerta inmediatamente inferior al existente en la isla correspondiente. En el caso de que el nivel de alerta existente sea el 1, no serán de aplicación las limitaciones de aforo, número de personas por grupo y horarios de cierre vigentes en cada momento para dicho nivel.

La acreditación voluntaria de la ausencia de infección activa se realizará mediante la exhibición del resultado negativo de una prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19, realizada en laboratorio legalmente autorizado con una antelación máxima de 48 horas, no siendo admisibles las pruebas de autodiagnóstico»

La orden se publicará el jueves 9 de diciembre en el BOC y estará en vigor desde el 10 de diciembre hasta el 10 de enero. La medida se someterá a evaluación y si fuera necesario se solicitaría una nueva autorización judicial para su prórroga.

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