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Desde mañana se puede solicitar en la web de la Agencia Tributaria la nueva ayuda de 200 euros

 La Agencia Tributaria pondrá mañana a  disposición de todos los posibles beneficiarios el formulario online con el  cual solicitar la nueva ayuda de 200 euros para personas con bajos  ingresos y patrimonio que establece el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de  diciembre. El Real Decreto establece que los solicitantes tienen tiempo  hasta el 31 de marzo para solicitar la ayuda y que el plazo para el pago por  parte la Agencia es de tres meses a partir de entonces. 

El formulario se publicará en el apartado de información destacada de la  sede electrónica de la Agencia (https://sede.agenciatributaria.gob.es) y en  él únicamente será necesario cumplimentar los datos identificativos y  domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar,  así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para  hacer efectivo el pago de la ayuda. 

Folletos y vídeos explicativos 

En las semanas previas al inicio del plazo de solicitud, la Agencia ya había  habilitado el espacio en su web para la nueva ayuda de 200 euros a efectos  de facilitar la visualización de un bloque específico de preguntas frecuentes y para incentivar a los posibles solicitantes que no estén dados de alta en  el sistema ‘Clave’, ni cuenten con certificado electrónico, a que realicen  ese trámite sencillo de registro en ‘Clave’ por internet o videollamada  evitándose desplazamientos, o en las oficinas de la Agencia u otros  organismos públicos. El alta en ‘Clave’ solo requiere aportar los datos del  DNI y un número de teléfono móvil. 

Toda la información necesaria en relación con este trámite, así como la  propia vinculada a la ayuda de los 200 euros, se recogerá también en  folletos y vídeos explicativos que se publicarán en la web de la Agencia, y  todo ello se complementará con carteles informativos en las zonas de  atención al público de las oficinas en todo el territorio. 

Colectivos de beneficiarios y requisitos 

La ayuda se concreta en un pago único de 200 euros para trabajadores  por cuenta propia o ajena y beneficiarios de la prestación o subsidio de  desempleo en 2022 que el pasado año no superasen los 27.000 euros  brutos de renta y cuyo patrimonio –descontando la vivienda habitual– no rebasara los 75.000 euros. Los beneficiarios deben tener residencia  habitual en España en 2022. 

Para el cálculo de importes se debe sumar la renta y el patrimonio de las  siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: el propio  beneficiario; su cónyuge o pareja de hecho; los descendientes menores de  25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros;  y ascendientes hasta segundo grado por línea directa (padres y abuelos). 

Como en el caso de la anterior ayuda de 200 euros, el objeto de este nuevo  pago único es paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania en situaciones de  vulnerabilidad económica no cubiertas por otras prestaciones de carácter  social. En este sentido, el incremento de las pensiones contributivas ya se  garantiza en línea con la inflación, mientras que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las pensiones no contributivas ya se benefician de un incremento  extraordinario del 15%. Por tanto, no son destinatarios de esta ayuda los  perceptores a 31 de diciembre de 2022 del IMV y de pensiones de la  Seguridad Social. 

Por otra parte, el Real Decreto establece el requisito de que ninguno de los  convivientes mencionados fuese en 2022 administrador de una sociedad  activa, ni titular de acciones o participaciones no cotizadas.

 

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