¿Qué cambia con el ‘decreto Maricarmen’? Las claves de las nuevas medidas sobre alquileres, desahucios y vivienda

El Gobierno ha aprobado dos reales decretos-ley con nuevas medidas en materia de vivienda, alquileres y protección frente a determinados desahucios. El paquete, conocido como ‘decreto Maricarmen’, llega ahora al Congreso de los Diputados, donde ambos textos serán sometidos a votación en el pleno extraordinario previsto para este viernes 2 de octubre.
El primero de los decretos, el Real Decreto-ley 26/2026, fue publicado en el BOE el 30 de septiembre y ha entrado en vigor este 1 de octubre. Entre otras cuestiones, introduce medidas relacionadas con los contratos de alquiler, los desahucios de personas vulnerables y sin alternativa habitacional, los alquileres de temporada y por habitaciones y la vivienda asequible.
¿Qué cambia para las personas que están de alquiler?
Uno de los principales cambios afecta a determinados contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. En determinados supuestos, los inquilinos podrán solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años, manteniéndose las condiciones del contrato con los límites establecidos por la norma.
El decreto también introduce cambios para los alquileres de temporada y por habitaciones, con el objetivo de diferenciar estas modalidades del alquiler destinado a vivienda habitual y evitar que se utilicen fórmulas contractuales para eludir las protecciones previstas para los arrendamientos residenciales.
Además, se establecen límites extraordinarios para determinadas actualizaciones de las rentas durante el periodo previsto por la norma.
¿Qué ocurre si hay un desahucio?
El decreto establece medidas de protección para personas en situación de vulnerabilidad que no dispongan de una alternativa habitacional. En determinados procedimientos, la suspensión podrá mantenerse hasta el 31 de diciembre de 2030, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma.
Por tanto, la medida no supone una prohibición general de todos los desahucios, sino que establece determinados supuestos de suspensión vinculados a la situación de vulnerabilidad, la ausencia de alternativa habitacional y las características de la parte demandante.
¿Y qué medidas afectan a los propietarios?
El paquete incorpora también incentivos fiscales y medidas destinadas a fomentar el alquiler asequible, junto con actuaciones dirigidas a incrementar la oferta de vivienda protegida y asequible.
El segundo real decreto-ley, publicado este jueves 1 de octubre, se centra específicamente en reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Entre sus medidas se contempla un nuevo sistema de renovación automática de determinados contratos, con excepciones y condiciones específicas.
¿Y qué ocurre en Canarias?
Aunque se trata de normativa estatal, el propio decreto recuerda que las comunidades autónomas y las entidades locales mantienen competencias en materia de vivienda, urbanismo y ordenación del territorio. Por tanto, las nuevas medidas estatales conviven con las actuaciones que puedan desarrollar Canarias y los ayuntamientos dentro de sus respectivas competencias.
¿Qué pasa ahora?
Los dos reales decretos-ley tendrán que ser convalidados por el Congreso de los Diputados. La votación está prevista para el viernes 2 de octubre, en un pleno extraordinario.
En definitiva, las nuevas medidas afectan a diferentes ámbitos: desde la duración y actualización de los alquileres hasta los contratos de temporada y por habitaciones, la protección de determinados hogares vulnerables frente a los desahucios y los incentivos vinculados al alquiler asequible.
