La Palma

Nivel 3 en La Palma: estas son las restricciones

El nivel 3 en La Palma entra en vigor este lunes, 10 de enero, a las 00:00 horas, quedando supeditado a revaluaciones periódicas. Esta cambio de nivel se produce al encontrarse La Palma actualmente en una situación de riesgo de transmisión elevada.

 

Entre las principales medidas que adoptará la isla a partir de este lunes, destaca la obligatoriedad del certificado COVID en todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios.  Esta medida, que entró en vigor el pasado 25 de diciembre, tiene una vigencia inicial de un mes, periodo durante el que será sometida a seguimiento y evaluación, sin perjuicio de la posibilidad de una nueva prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica.

También se podrá presentar la acreditación de ausencia de infección activa de COVID-19, mediante la presentación de resultado negativo de una PDIA (prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19) realizada en laboratorio legalmente autorizado con una antelación máxima de 48 horas, no siendo admisibles pruebas de autodiagnóstico.

La obligatoriedad del certificado COVID en establecimientos y actividades sujetos a límites horarios y de aforos no permite que estos pueden beneficiarse de aplicar medidas del nivel inferior como sucede en las islas en niveles 1 y 2. 

AFOROS

A partir de este lunes, se permite el 50% del aforo al aire libre  y el 33% en espacios interiores, ampliable al 75% hasta las 24:00 hora del día 31 enero de 2022 en establecimientos farmacéuticos y comercios minoristas de alimentación y bebidas, productos y bienes de primera necesidad que no tengan la consideración de grandes establecimientos comerciales. Además, se limita a un máximo de 6 personas los grupos en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre.

El horario de cierre se establece a la 01:00 horas en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior, los horarios máximos autorizados serán los siguientes.

El aforo en espacios cerrados como cines, teatros, museos, auditorios o bibliotecas, se limita al 75% del aforo al aire libre y al 55% en espacios interiores. No está permitido comer ni beber durante el espectáculo o sesión.

EVENTOS

En los eventos multitudinarios se estable un máximo de 1.000 asistentes en espacios abiertos y cerrados. Los eventos de más de 1.000 asistentes podrán celebrarse reduciendo su aforo a mil personas, ajustándose a lo establecido en la autorización sanitaria. Se recomienda el aplazamiento de los espectáculos públicos no considerados eventos multitudinario, como aquellas actividades culturales, recreativas, de ocio y esparcimiento incluidos los deportes, que se desarrollen esporádicamente en lugares distintos a los destinados al ejercicio habitual de la actividad, y las celebradas en instalaciones desmontables o a cielo abierto.

Puedes consultar el resto de medidas en este enlace.

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