Ante la reiterada presentación, por algunas empresas en La Palma, de ofertas en bajas temerarias, tanto en obras del Cabildo como en los distintos municipios, “estamos recibiendo quejas abundantes del tejido empresarial de la construcción en la isla, porque esta práctica desvirtúa la competitividad y los precios de mercado” afirman desde FEPECO, patronal de la industria de la construcción en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
“Solicitamos un mayor control, inspección y seguimiento por parte de las administraciones, ante la posibilidad de que se estén produciendo así graves irregularidades, que permitan ofertar por debajo de la media, haciendo una competencia desleal a las empresas que cumplen escrupulosamente con toda la Normativa vigente”.
“Estamos en una situación de mercado donde lo que prima es la productividad. Para conseguir obras es necesario competir con precios ajustados, y no hace falta recordar, cuanto de las cargas empresariales suponen los gastos en personal y nuestras obligaciones con la Seguridad Social. No hay miedo a tener competencia, el miedo es a que no todos participen con las mismas reglas. Cuanto menos parece contradictorio, optar a una obra pública con unos precios tan a la baja y a la vez mantener una plantilla de personal moderadamente alta. Por lo que sería deseable que se tomaran aquellas medidas oportunas, para hacer un seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contractuales y laborales a las empresas adjudicatarias de obras con una importante baja económica, porque dos más dos son cuatro y no veintidós”.
En este sentido recuerdan lo que establece el artículo 116 de la Ley de Contratos del Sector Público donde se establece que en el expediente se justificará adecuadamente el valor estimado del contrato con una indicación de todos los conceptos que lo integran, incluyendo siempre los costes laborales si existiesen.
Añaden que también “sería conveniente estudiar la posibilidad de que cuando en una obra pública se produjera una sanción por parte de la administración competente, relacionada con la presencia de personal en situación irregular, de igual manera dicha empresa, sea sancionada con una prohibición de contratar y no pudiera concurrir a más obra pública por un plazo de tiempo establecido”.