La Palma

Abogados, que reclaman la responsabilidad patrimonial, estudian iniciar la vía penal ante las «últimas evidencias»

Este jueves, 26 de mayo, en la intervención en el Parlamento de Canarias la directora del IGN en Canarias, María José Blanco se conocía que el informe del Comité Científico del 18 de septiembre recogía que la erupción volcánica era inminente, lo cual, según el DECRETO 112/2018, de 30 de julio, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias por riesgo volcánico en la Comunidad Autónoma de Canarias (PEVOLCA)se vincula al semáforo volcánico naranja de información a la población, un color que no lo decide el Comité Científico, sino el Comité de Dirección. 

Ante «las últimas evidencias», tal y como ha podido conocer Onda Cero La Palma, uno de los despachos de abogados, que reclama la responsabilidad patrimonial de las administraciones «por una catástrofe previsible» para los afectados, estudia la posibilidad de iniciar la vía penal por «prevaricación y dejación de funciones, por parte del Comité de Dirección del PEVOLCA, ante las advertencias de los científicos”. 

Tras hacerse público el vídeo de la intervención de la directora del IGN en el Parlamento de Canarias este viernes, 27 de mayo, la propia María José Blanco quiso aclarar a través de un comunicado que “en la reunión del Comité Científico del PEVOLCA del 19 de septiembre de 2021, cada institución participante expuso el análisis de la información de la que cada una disponía, haciendo un pronóstico”. En esa exposición, indicó, “todas las instituciones se mostraron de acuerdo en que el proceso podía tener una evolución a corto plazo, pero no se llegó a un acuerdo sobre si este plazo era de horas o días, y se excluyó la calificación de la erupción como inminente. Por ello, se decidió que en el informe del Comité Científico se estableciera la redacción siguiente: El proceso continúa y puede tener una evolución rápida a corto plazo. En este momento, el proceso está en fase pre-eruptiva, con una mayor probabilidad de que culmine en erupción, sin evidencias, en este momento, que permitan establecer una ventana temporal”.

Cabe recordar que el pasado mes de abril se daban los primeros pasos para reclamar la responsabilidad patrimonial de las administraciones, recogida en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, lo que permite al ciudadano «exigir por los daños o lesiones que sufra como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, ya sean estos de la Estatales, de Comunidad Autónoma o de Ayuntamiento», al entender que conocían que la erupción volcánica era eminente.

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